Documentos a Consulta Pública

Según el Real Decreto 97/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica, deben someterse determinados documentos del proceso de elaboración del Plan Hidrológico a  consulta pública por un periodo mínimo de seis meses.
 
Los documentos a someter a consulta pública son:

Documentos iniciales de la planificación

Esquema de Temas Importantes en materia de gestión de las aguas en la Demarcación del Ebro

Proyecto de Plan Hidrológico de la demarcación del Ebro